La disposición fue incluida en la resolución 267/2024, que fue publicada esta madrugada en el Boletín Oficial. La medida especifica cuáles son los conceptos que pueden ser incluidos dentro de la boleta que le llega a cada usuario y no el cobro en sí de esos recargos. Más detalles, en la siguiente nota.
El Gobierno oficializó la medida que impide a municipios cobrar tasas en el precio de los servicios públicos (Imagen ilustrativa).
Este miércoles, el Gobierno nacional oficializó la medida que impide a las provincias y municipios incluir en las boletas de los servicios públicos tasas y recargos. De esta forma, el Poder Ejecutivo continúa con su pelea contra los reajustes impositivos a nivel municipal, que la semana pasada había denunciado en supermercados.
La medida había sido anticipada por el ministro de Economía, Luis Caputo, y se hizo oficial esta madrugada a través de la resolución 267/2024, que fue publicada en el Boletín Oficial.
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“La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica el documento, que especifica que la medida comenzará a regir dentro de los próximos 30 días, tiempo establecido para su adecuación.
La disposición señala que “no pueden contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”. De este modo, la normativa deja en claro que “el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto” por la ley.
En esta línea, desde la cartera encabezada por el ministro Caputo destacaron cuáles son los recargos que pueden estar incluidos en la boleta que le llega a cada usuario y no el cobro en sí de esos recargos. Esto es algo que la Nación no puede prohibir por tener, provincias y municipios, autonomía para este tipo de decisiones recaudatorias. Es por eso que la medida busca “transparentar” ante el cliente cuál es el nivel de cobro de provincias y municipios por los servicios.
Por su parte, el Gobierno sostuvieron que, “con el transcurso del tiempo se ha ido transformando en una práctica generalizada, para una gran cantidad de proveedores en el mercado, la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, conceptos ajenos a aquellos contratados por el consumidor”.
En ese sentido, cuestionaron esta práctica y la describieron como una “violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores”. Además, la contemplaron como una falta a la “libertad de elección del mismo”.
El Gobierno nacional reaccionó a los reclamos públicos y, ahora, con una medida puntual principalmente luego del anuncio del intendente de Lanús, Julián Álvarez, quien afirmó que subiría la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) a tres cadenas de hipermercados para ofrecerle exenciones o reducciones de alícuotas a más de 500 almacenes barriales.
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