Regulaciones, prohibición de publicidades y aumento en las sanciones son algunos de los cambios que establece la iniciativa que pasó al Senado. En la nota, todos los detalles de la propuesta.
Uno de los principales objetivos de la iniciativa es prevenir y combatir la adicción a juegos de azar virtuales en niños y adolescentes (Imagen ilustrativa).
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea.
Uno de los principales objetivos de la iniciativa es prevenir y combatir la adicción a juegos de azar virtuales en niños y adolescentes. Es que según el informe “Apostar no es un juego”, coordinado por la diputada nacional Constanza Alonso, el 40% de los jóvenes entre 15 y 29 años apostó en plataformas digitales.
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Por este motivo, la norma que obtuvo media sanción prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas, de pronósticos y apuestas deportivas en línea.
El expediente fue aprobado por 139 votos afirmativos de los bloques Unión por la Patria, Democracia para Siempre, Encuentro Federal y el Frente de Izquierda, 36 negativos de La Libertad Avanza y 59 abstenciones provenientes de los bloques de la UCR, el PRO y el MID. Para que sea ley, la propuesta debe ser ratificada por el Senado.
Ludopatía y apuestas online: qué establece el proyecto aprobado en Diputados
- Se prohíbe la promoción de juegos de azar y apuestas en todos los medios de comunicación actuales y futuros, como redes sociales, televisión, radio, cartelería, podcasts, festivales culturales, entre otros. También en la indumentaria deportiva. Además, se prohíbe la publicidad indirecta o encubierta a través de influencers, infomerciales o figuras públicas.
- Solo estará permitida la publicidad dentro de salas de juegos y agencias autorizadas, con la condición de incluir la leyenda “El juego compulsivo es perjudicial para vos y tu familia”, junto con un canal de ayuda para personas afectadas.
- Se prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas. Los operadores deberán implementar sistemas de verificación biométrica (reconocimiento facial) conectados al Registro Nacional de las Personas (Renaper) para validar la identidad y edad al registrarse y al iniciar sesión. También tendrán que implementar esta verificación las billeteras virtuales.
- No se permitirán bonos de bienvenida ni el patrocinio de equipos deportivos, deportistas, estadios, o eventos culturales.
- Solo se podrán usar tarjetas de débito y billeteras electrónicas con límites diarios. Además, no se permitirá el uso de tarjetas de crédito ni de cuentas vinculadas a ANSES para apuestas.
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- Se creará el Registro Nacional de Autoexclusión (Rena) para que las personas puedan autoexcluirse de juegos de azar y apuestas en línea. Los familiares cercanos podrán pedir la inclusión de una persona con ludopatía en el registro y el afectado será citado para decidir su inscripción.
- Se establecerá pena de prisión de 3 a 10 años y multas por operar apuestas sin autorización, con sanciones más severas si involucra menores.
- Se aplicarán sanciones económicas por incumplimientos de la ley. Los directivos de empresas infractoras serán responsables junto con la entidad.
- Se realizarán campañas sobre juego responsable y prevención de ludopatía. Las escuelas deberán incluir actividades sobre los riesgos de las apuestas en línea, educación financiera y herramientas para detectar ludopatía.
- Los operadores deberán brindar información clara sobre reglas, probabilidades y operaciones del juego; permitir acceso al historial y comportamiento del usuario; mostrar herramientas de asistencia para ludopatía y prevención, impedir el acceso a menores y personas registradas en el Rena e implementar límites automáticos para sesiones de juego.
- No podrán obtener permiso de operadores quienes tengan deudas con el Estado o estén inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios; hayan sido condenados por delitos relacionados con fraude, lavado de dinero, juego clandestino u otros en los últimos cinco años; estén vinculados a funcionarios de la autoridad reguladora o actividades deportivas; estén en concurso preventivo sin acuerdo homologado o judicialmente inhabilitados; o sean representantes de personas jurídicas involucradas en irregularidades legales.
- No podrán formar parte de listas electorales en asociaciones civiles deportivas quienes tengan vínculos directos o indirectos con empresas de apuestas en línea.
https://www.cronica.com.ar/politica/Ludopatia-y-apuesta-online-cuales-son-los-principales-puntos-del-proyecto-que-obtuvo-media-sancion-en-Diputados-20241128-0104.html