La Anmat prohibió una marca de aceite de oliva por ser peligrosa para la salud

Slide Heading
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.
Click Here

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica tomó la medida luego de una exhaustiva investigación.

En el Boletín Oficial se informa que las investigaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos.

Mediante la Disposición 7834/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Nación, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) informó la prohibición de una marca de aceite de oliva.

El organismo oficial comunicó que se investigó a una marca de aceite de oliva por una denuncia y luego de la investigación se comprobó que era ilegal.

Anmat: cuál es la marca del aceite de oliva prohibido

En el Boletín Oficial se informa que las investigaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto: «Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, Cont. Neto 2 L, Consumir preferentemente antes de marzo 2025, Lote N°: 0002, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.», que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Al finalizar la investigación la Anmat Dispuso: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto: Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey, RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A».

La Anmat explica que esto es «por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal».

Y en el artículo segundo agrega: «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 02-270637 y RNPA: Expte: N° 02.645950, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales».

https://eleconomista.com.ar/actualidad/la-anmat-prohibio-una-marca-aceite-oliva-ser-peligrosa-salud-n66608

EscuchaloAca

Este medio no se hace responsable por las opiniones vertidas en los artículos publicados. Las expresiones e ideas de los columnistas no reflejan necesariamente la opinión de LeeloAca.

By Pochitama.dev © 2023 LeeloAca.com.ar – Todos los derechos reservados.
Abrir chat
1
Comunícate con nosotros por Whatsapp
Escanea el código
Hola te comunicaste con Leelo Acá, déjanos a continuación tu consulta y te contactaremos con un asesor, muchas gracias !!