La resolución judicial dispone una incautación récord por inmuebles que equivalen a 684 mil millones de pesos que afecta a la ex presidenta, a sus hijos Máximo y Florencia y al empresario por la apropiación de recursos públicos mediante contratos de obra pública

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Buenos Aires dispuso el decomiso de bienes inmuebles y sumas de dinero por un valor actualizado de $684.990.350.139,86 en el marco de la causa por administración fraudulenta contra el Estado, según la resolución firmada el 18 de noviembre de 2025. La medida alcanza a Lázaro Antonio Báez, Cristina Fernández de Kirchner, otras personas condenadas y sociedades vinculadas, así como a Máximo Kirchner y Florencia Kirchner en calidad de titulares de bienes identificados en el proceso.
El tribunal ordenó la tasación y ejecución de los bienes incluidos en el decomiso, dando prioridad a aquellos en poder de los condenados y de las sociedades identificadas en la maniobra delictiva.
De allí que el decomiso dispuesto incluye bienes inmuebles de Austral Construcciones SA, Kank y Costilla SA, Gotti Hnos. SA, Loscalzo y Del Curto SRL, así como propiedades cedidas a Máximo y Florencia Kirchner. También se prevé la realización de bienes de Nelson Guillermo Periotti, José Francisco López, Mauricio Collareda, Raúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich en caso de que los activos decomisados inicialmente resulten insuficientes para cubrir el monto fijado.
La Fiscalía individualizó bienes inmuebles adquiridos por los condenados entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, período delimitado por el tribunal como relevante para la maniobra delictiva.
El tribunal consideró que la sentencia firme acreditó la existencia de beneficios económicos directos e indirectos para Báez y la familia Kirchner derivados de la adjudicación y ejecución irregular de contratos de obra pública en la provincia de Santa Cruz.
El tribunal comunicó la resolución a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que determine el destino de los inmuebles, conforme al reglamento vigente. Se estableció que la finalidad prioritaria del decomiso es la reparación del daño causado a la administración pública y la sociedad, en línea con los estándares internacionales y la jurisprudencia local.

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