Un control vehicular en la Ruta Nacional 36 derivó en una multa que abrió polémica en Córdoba. Agentes de la Policía Caminera sancionaron a un conductor luego de constatar que su acompañante amamantaba a un bebé mientras circulaban por la vía.
El episodio, que se viralizó en redes sociales a partir del testimonio del automovilista, generó debate entre quienes consideraron que se trató de un exceso y quienes remarcaron la importancia de cumplir con las normas de seguridad vial.
La sanción se enmarca en la Ley Provincial de Tránsito Nº 8.560, que adhiere a la Ley Nacional 24.449 y establece que los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero, sujetos a sistemas de retención infantil homologados. Según interpretaron los agentes, al momento de la lactancia el bebé no estaba asegurado en la butaca reglamentaria, lo que constituye una infracción.
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Ante la difusión del caso, las autoridades viales respaldaron el accionar policial. El jefe de la Caminera, Daniel Bolloli, sostuvo que la situación se ajusta a lo que marca la normativa vigente y que la prioridad debe ser la seguridad de los menores. En la misma línea, el especialista en seguridad vial Guillermo Pacharoni advirtió que, más allá del contexto, un niño sin sistema de retención infantil está expuesto a un riesgo grave en caso de accidente.
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El caso generó repercusión en organismos y profesionales vinculados a la salud materno-infantil, que recordaron que la lactancia está protegida por la Ley Nacional 26.873, aunque aclararon que ese derecho no exceptúa el cumplimiento de las disposiciones de tránsito.

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