El nuevo régimen reemplaza el requisito actual que exigía dos años de residencia legal continua para otorgar la ciudadanía a personas extranjeras. A partir de ahora, el solicitante deberá acreditar haber efectuado una inversión significativa en el país.

El Gobierno habilitó el otorgamiento de la ciudadanía para aquellas personas que hagan grandes inversiones en el país (Imagen ilustrativa).
El Gobierno oficializó este jueves el procedimiento que deberán seguir los extranjeros que pretendan obtener la ciudadanía argentina por naturalización a través de una inversión considerada “relevante”. De este modo, los solicitantes no tendrán la necesidad de cumplir con un tiempo mínimo de residencia, tal como se exigía previamente.
La medida, que fue oficializada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 524/2025, que complementa el Decreto 366/2025, que a finales de mayo pasado modificó la Ley de Ciudadanía Nº 346 para incorporar la figura del “ciudadano por inversión”.

De esta forma, con la implementación de este nuevo régimen se modifican los requisitos sobre los cuales se otorga la ciudadanía argentina, la residencia en el país y se avala tanto el ingreso, la permanencia y la expulsión de una persona extranjera.
Según detalla el texto oficial, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, a partir de ahora, cualquier persona extranjera puede iniciar el trámite sin importar su tiempo de residencia, acredite haber efectuado una inversión significativa en el país, de acuerdo con los parámetros que establecerá el Ministerio de Economía.
El primer paso del proceso es la presentación de la solicitud ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión. Este organismo descentralizado, que actuará bajo la órbita de la cartera liderada por Caputo, deberá verificar si la inversión efectuada por el solicitante encuadra dentro de los criterios definidos por la autoridad económica para ser considerada relevante.
Tras superar esa instancia, la Agencia deberá solicitar informes técnicos a diferentes dependencias estatales, entre ellas el Ministerio de Seguridad, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y la Secretaría de Inteligencia del Estado.
En ese sentido, la disposición indica que también el organismo podrá requerir información a otros organismos públicos o privados, si así se considera necesario. Este procedimiento tiene como objetivo garantizar que el otorgamiento de la ciudadanía al inversor no represente un riesgo para la seguridad nacional ni para los intereses estratégicos del Estado argentino.
En tanto, con los informes reunidos, la Agencia elaborará un dictamen en el que recomendará o desaconsejará la aprobación de la solicitud. La solicitud será remitido a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que tendrá un plazo de 30 días hábiles para resolver.
La norma, que entró en vigencia a partir de su publicación, establece que quienes obtengan la ciudadanía por esta vía podrán tramitar su CUIT de forma automática ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Así quedará habilitada su inserción plena en el sistema fiscal y económico del país.

https://www.cronica.com.ar/politica/El-Gobierno-reglamento-el-acceso-a-la-ciudadania-argentina-para-los-extranjeros-que-hagan-grandes-inversiones-20250731-0011.html
